La ley prohíbe terminantemente conducir un vehículo sin poseer una licencia oficial para tal efecto, o facilitar tu vehículo a alguien que no tenga licencia para manejarlo. Así lo establece la Ley de Tránsito, en su artículo 5, donde dice que "ninguna persona podrá conducir un vehículo motorizado o a tracción animal, sin poseer una licencia expedida por el Director del Departamento de Tránsito y Transporte Público Municipal de una Municipalidad autorizada al efecto".
Además, cada tipo de licencia sirve para conducir un tipo de transporte, por lo que se considera infracción manejar un vehículo sin haber obtenido la licencia requerida para este en cuestión. Por ejemplo, una licencia clase A1 (para conducir taxis) no es válida para manejar una ambulancia, de manera que si un conductor es sorprendido realizando tal cosa, será considerada una infracción.
Por otra parte, aunque se trate de algo sencillo, conviene recordarlo. La ley también considera obligatorio manejar con la licencia de conducir al día, todos los papeles en regla (Permiso de Circulación, SOAP, Revisión Técnica, padrón) y, sobre todo, (¡importante!) llevarlos contigo. Ya que si eres detenido por las autoridades por cualquier otra causa, estas necesitan identificarte (saber que eres quien dices ser) y comprobar que todos tus papeles están efectivamente al día.
Ahora bien, hay que diferenciar entre dos faltas que varían mucho entre ellas. Una es no portar la licencia, pero tenerla al día, y la otra es manejar sin haberla obtenido. La diferencia entre ambas es muy grande, así como las multas correspondientes en cada caso.
Manejar sin haber obtenido la licencia es una práctica muy peligrosa tanto para el conductor como para el resto de autos de la carretera.
Ya sea por no tener la edad suficiente o por no haber querido pasar el examen, aquellos que conduzcan sin haber obtenido su licencia de manera oficial están cometiendo una infracción gravísima, y, por tanto, además de que no poder acceder al beneficio de pagar un 25% menos, el monto a pagar puede ir desde 1.5 a 3 UTM (entre $96.999 y $193.938, de acuerdo al valor de la UTM a enero de 2024).
Cabe destacar que si un menor de 17 años cuenta con licencia para conducir, pero en el momento de ser fiscalizado por Carabineros no cuenta con la compañía de un adulto con 5 años o más de experiencia — requisito obligatorio para este tipo de licencia—, según la ley se considerará como conductor sin licencia para todos los efectos legales.
Además, si eres sorprendido conduciendo un auto sin tener licencia, pueden retirarte el vehículo y ponerlo a disposición del tribunal competente, donde se llevarán a cabo las sanciones nombradas anteriormente.
Conoce la multa por conducir con la licencia suspendida
Por otra parte, si te detiene Carabineros en carretera y no llevas los documentos, te enfrentas a una multa (considerada leve) por no portar identificaciones y papeles obligatorios contigo. La multa va de 0,2 a 0,5 UTM, es decir, entre $12.933 y $32.333, de acuerdo con el valor de la UTM en enero de 2024.
No obstante, deberás probar que tienes todos los documentos vigentes, así como tu identidad, en los juzgados competentes, tal y como te indiquen las autoridades cuanto te paren y comprueben que no llevas contigo los papeles. Además, si te retiran el auto hasta que demuestres que tienes todo vigente y duerme en corrales, deberás pagar el costo de ese servicio.
La Ley de Tránsito, en su artículo 5, establece algunas excepciones en las que el conductor que no porte la licencia no será infraccionado.
Sí. De acuerdo a lo que indica la normativa vigente, mientras dure tu estancia legal como turista en el país, podrás conducir un auto con tu licencia sin ser multado.
Aquí te compartimos el extracto del artículo 5 de la Ley de Tránsito donde se indica este punto:
"Los nacionales de otros países, que permanezcan en calidad de turistas en Chile, podrán conducir un vehículo motorizado durante el plazo de la respectiva autorización de turismo, portando la licencia vigente de conductor, otorgada según las leyes de su país, que sea equivalente a la Licencia No Profesional Clase B contemplada en el artículo 12".